El juez de control federal Sergio Alberto Sigales Obrador Garrido, suspendido de sus funciones y adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en Colima, afirmó que enfrenta un proceso penal ante la Fiscalía General de la República (FGR) por decisiones judiciales que tomó en 2022, como la reducción de penas propuestas por el Ministerio Público en cuatro procedimientos abreviados.
Durante una entrevista con Aristegui en Vivo, el juez explicó que entre julio y octubre de 2022 intervino en cuatro procedimientos abreviados en los que las personas procesadas no tenían antecedentes penales. Señaló que las defensas solicitaron que realizara un control judicial sobre las penas propuestas por la FGR, debido a que el Ministerio Público no había considerado esa circunstancia.
El procedimiento abreviado permite que una persona acusada acepte su responsabilidad a cambio de una pena reducida. Sigales señaló que, de acuerdo con un acuerdo general de la propia FGR, las personas sin antecedentes penales deben recibir una mayor reducción.
“En estos cuatro casos siempre lo hice a petición de la defensa, por el principio de contradicción que rige el proceso penal acusatorio, entre otros principios”, explicó.
El juez sostuvo que preguntó a los fiscales si habían tomado en cuenta que los procesados no tenían antecedentes penales y que la respuesta fue negativa, por lo que determinó ajustar las penas dentro de los límites mínimos establecidos por la legislación. “Entonces digo, ah bueno, entonces aquí entro yo, es mi cancha, el juez conforme a la Constitución es el único facultado para imponer penas”, afirmó.
De acuerdo con su explicación, las penas propuestas inicialmente eran de cuatro años y dos meses de prisión, pero fueron reducidas a tres años y cuatro meses. Esa modificación permitió que los procesados pudieran acceder a beneficios relacionados con la condena condicional.
Sigales sostuvo que posteriormente las decisiones fueron impugnadas por la Fiscalía. En cuatro de esas causas, el mismo tribunal unitario de apelación en Colima revocó sus determinaciones y ordenó regresar a las penas originales.
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Sin embargo, dijo que otras decisiones similares fueron revisadas por tribunales de Jalisco y posteriormente por un tribunal colegiado, que avalaron su criterio en distintos asuntos. “Cuatro veces el mismo tribunal unitario en Colima me revocó mi determinación”, señaló. En contraste, “otros tribunales de Jalisco aproximadamente tres y uno de Amparo me dieron la razón. Cuatro, digamos cuatro contra cuatro”.
El juez sostuvo que el desacuerdo entre los órganos jurisdiccionales correspondía a una diferencia de criterio que debía resolverse mediante los mecanismos de impugnación previstos en el sistema judicial y no mediante un procedimiento disciplinario o penal. “Es un criterio judicial que no tendría por qué estar en la mesa de la disciplina judicial en un procedimiento disciplinario”, afirmó.
Procedimiento disciplinario
El abogado defensor Arturo Guerrero Zazueta explicó que el procedimiento contra el juez comenzó en 2023 y que el entonces Consejo de la Judicatura Federal emitió en agosto de 2025 un informe de presunta responsabilidad.
Con la entrada en funciones del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, el expediente fue heredado por ese órgano. Guerrero señaló que la comisión de investigación de ese tribunal fue creada el 29 de octubre de 2025 y que al día siguiente sesionó para abordar el caso de Sigales Obrador Garrido.
El abogado cuestionó que esa comisión hubiera actuado como lo hizo y sostuvo que la comisión de investigación no era la facultada para dictar la suspensión provisional del juez. Según Guerrero, la comisión de disciplina, que sí tendría atribuciones para adoptar esa medida, fue creada hasta el 4 de noviembre de 2025, un día después de que la presidenta Claudia Sheinbaum se refiriera públicamente al caso.
El defensor también cuestionó los tiempos utilizados para resolver el incidente relacionado con la suspensión. Explicó que al juez se le concedieron cinco días para formular manifestaciones y ofrecer pruebas, pero la resolución no habría sido emitida dentro de ese plazo.
“Entonces, primero es una comisión incompetente”, sostuvo el abogado, quien añadió que posteriormente la suspensión habría sido regularizada mediante la actuación de la comisión de disciplina. Apuntó que la suspensión se prolongó durante varios meses y el expediente presentó inconsistencias respecto de la fecha en que se habría resuelto el incidente.
Guerrero explicó que el 12 de febrero de 2026, durante una audiencia sobre el fondo del procedimiento disciplinario, la defensa pidió que se levantara la medida cautelar. El 17 de febrero presentó nuevamente un escrito con esa solicitud.
Sin embargo, el 2 de marzo recibió una notificación en la que se indicaba que el incidente seguía pendiente de resolución. Posteriormente, el 19 de marzo se notificó a la defensa que el incidente había sido resuelto desde el 10 de febrero y que la suspensión definitiva había sido decretada en esa fecha.
El abogado señaló que las firmas del acuerdo aparecían fechadas el 13 de marzo, pese a que se les informó que la resolución había sido adoptada el 10 de febrero.
“Entonces no nos queda más que creerles, porque hemos pedido los documentos de las sesiones extraordinarias desde el 30 de octubre del 25, el acta de la sesión, el orden del día, les volvimos a pedir otra vez los documentos en marzo y en abril y no nos han dado nada”, afirmó.
Guerrero sostuvo que el juez permaneció suspendido durante cuatro meses por una comisión que, según su interpretación, no tenía atribuciones para imponer esa medida y posteriormente continuó suspendido sin que se resolviera oportunamente la situación cautelar.
Denuncia ante la FGR
Sigales Obrador Garrido dijo que se enteró recientemente de que el propio Tribunal de Disciplina Judicial, que lleva el procedimiento administrativo en su contra, presentó una denuncia penal ante la FGR. Según el juez, el oficio fue fechado el 3 de noviembre de 2025 y recibido por la Fiscalía el 4 de noviembre, mientras que el procedimiento disciplinario todavía no había sido resuelto.
“La denuncia en mi contra fue hecha por quien hoy me tiene en un procedimiento disciplinario”, afirmó, al tiempo que consideró relevante que la denuncia penal hubiera sido presentada mientras continuaba abierto el procedimiento administrativo relacionado con los mismos hechos.
Explicó que la acusación penal está relacionada con el delito contra la administración de justicia previsto en el artículo 225, fracción VI, del Código Penal Federal. Según su explicación, la Fiscalía sostiene que incurrió en ese delito al dictar una resolución contraria a un precepto legal.
El artículo que la FGR consideraría transgredido es el 206, relativo a la imposibilidad del juez de variar la pena en un procedimiento abreviado. “Pero los jueces interpretamos, es lo que se le olvida”, afirmó. El juzgador sostuvo que la conducta que se le atribuye no configura un delito porque se trata de una cuestión de interpretación jurídica que podía ser revisada mediante los recursos correspondientes.
“No hay, es un es una conducta atípica que no configuraría un delito porque es una cuestión de criterio”, dijo.
También señaló que existen criterios del entonces Consejo de la Judicatura Federal según los cuales los juzgadores no deben ser responsabilizados por cuestiones de criterio cuando sus decisiones pueden ser revisadas mediante apelación o amparo.
La Fiscalía dejó de solicitar controles judiciales
El juez relató que dejó de realizar ese tipo de controles a partir de enero de 2023. Según dijo, la decisión ocurrió después de que defensores públicos y privados recibieron indicaciones de fiscales para no solicitar ese procedimiento ante él. “Les dijeron ‘cuidadito le solicitan control judicial al juez Sigales’, porque como es una facultad de la fiscalía ofrecer el abreviado no es un derecho del acusado”, afirmó.
Sostuvo que era el único juez que realizaba ese tipo de revisión en Colima y que, después de que las defensas dejaron de solicitarla, dejó de intervenir de esa manera. Calculó que durante el periodo comprendido entre julio de 2022 y enero de 2023 redujo penas en aproximadamente nueve ocasiones.
Añadió que el criterio fue revisado posteriormente por distintos órganos jurisdiccionales. Mencionó que en agosto de 2025 un tribunal colegiado confirmó que era correcta una reducción de penas realizada por él en un caso de concurso de delitos.
La prisión preventiva oficiosa
Además del asunto relacionado con los procedimientos abreviados, Sigales Obrador Garrido señaló que durante su trayectoria como juez también ha inaplicado la prisión preventiva oficiosa con base en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra México.
Dijo que solicitó al Centro de Justicia Penal Federal una estadística sobre sus resoluciones y que ésta arrojó alrededor de 180 causas en las que inaplicó esa medida.
El juez consideró que esa actuación también puede estar relacionada con el procedimiento que enfrenta. Como antecedente, mencionó que en 2023 la gobernadora de Colima, Indira Vizcaíno, declaró al diario Milenio que un juez liberaba delincuentes al inaplicar la prisión preventiva oficiosa.
También dijo que recibió una queja firmada por el entonces secretario de Marina, Rafael Ojeda Durán, relacionada con decisiones de ese tipo y que el entonces delegado de la FGR en Colima presentó otras dos quejas por la misma cuestión. Señaló que las tres quejas fueron acumuladas y posteriormente el entonces Consejo de la Judicatura Federal lo exoneró.
La resolución de octubre de 2025 y el caso de Gabriela Mejía
El juez también relacionó su situación con una resolución adoptada durante su última guardia, el 19 de octubre de 2025, cuando decidió no imponer prisión preventiva oficiosa a una persona que había sido presentada ante él por delitos relacionados con drogas y armas.
Explicó que la persona fue vinculada a proceso y quedó sujeta a otras medidas cautelares debido a que se acreditó su arraigo en el estado de Colima. “Le pongo dos medidas cautelares, porque él es originario de Cuauhtémoc, se dijo que era vulcanizador, se acreditó su arraigo y lo dejó para que vaya a firmar cada 15 días y la prohibición de salir del Estado”, relató.
Sigales Obrador Garrido dijo que posteriormente tuvo conocimiento de que esa persona había sido relacionada públicamente con el homicidio de Gabriela ‘Gaby’ Mejía, expresidenta municipal de Cuauhtémoc, Colima.
Sin embargo, aseguró que cuando resolvió el caso no tenía conocimiento de esa presunta relación porque el detenido fue presentado ante él por un asunto federal de drogas y armas, no por el homicidio. “Yo no lo sabía porque a mí me llegó por armas y droga”, afirmó.
Agregó que posteriormente conoció por medios de comunicación que otra persona, con un nombre distinto, había sido detenida en relación con el homicidio de la exalcaldesa. “Esta persona que yo tuve es José Alfredo ‘N’, y la persona que detuvieron, vinculada aparentemente, presuntamente, con el homicidio de la expresidenta municipal, tiene otro nombre”, dijo.
Narró que un fiscal federal le mostró un audio en el que una mujer reclamaba que Sigales había dejado libre a esa persona. El juez dijo desconocer quién era la mujer y señaló que, hasta donde sabía, la persona a la que se refería el audio no era la misma que posteriormente fue detenida por el homicidio.
Sin embargo, dijo que las acusaciones públicas relacionadas con esta liberación no forman parte de la causa penal que actualmente enfrenta. “No hay ninguna”, respondió al ser cuestionado sobre si existe una acusación formal en su contra por esos hechos.
Por su parte, el abogado Guerrero Zazueta sostuvo que se trata de dos procedimientos distintos: uno federal por armas y drogas y otro del ámbito local por el homicidio: “Además a esta persona le siguen un proceso federal, que es por armas y drogas, y un proceso local, que es por homicidio”. Añadió que la persona cumplía con las medidas cautelares impuestas por el juez y acudía a firmar cada dos semanas.
La referencia de la presidenta Sheinbaum
El juez y su defensa también se refirieron a las declaraciones realizadas por la presidenta Claudia Sheinbaum en noviembre de 2025, cuando habló del incremento de homicidios en Colima y mencionó que le habían explicado que un juez había dejado en libertad a un presunto delincuente.
Guerrero consideró que esa referencia pudo estar relacionada con la decisión adoptada por Sigales durante su última guardia, en octubre de 2025, y no necesariamente con los cuatro procedimientos abreviados de 2022 que actualmente forman parte del proceso penal.
El propio Sigales Obrador Garrido señaló que las fechas permiten distinguir ambos asuntos. “Desde luego que no. Hay mucho tiempo entre esas causas, entre las causas del 22”, respondió al ser cuestionado sobre si las declaraciones de la presidenta podían referirse a las resoluciones de 2022.
Caso “ejemplarizante”
Al referirse al significado que atribuye al proceso que enfrenta, Sigales Obrador Garrido sostuvo que su caso puede tener un efecto sobre otros juzgadores. “Mi caso es, desde mi punto de vista, es generar temor en los juzgadores”, afirmó.
Guerrero Zazueta, por su parte, sostuvo que los magistrados de apelación pueden mantener criterios distintos y que una decisión de un tribunal unitario no genera por sí misma un criterio obligatorio para los jueces.
“Entonces aquí hay un tema importante formal que es tú puedes discrepar con tu revisor. Para eso está el sistema de recursos, pero tú no puedes tenerle miedo a tu revisor”, afirmó.
El abogado añadió que la independencia judicial implica que un juzgador pueda resolver conforme a su interpretación jurídica sin actuar condicionado por la posibilidad de que su decisión sea revocada o genere una investigación disciplinaria o penal. “De hecho, la jurisprudencia interamericana es muy clara en eso. Tú no puedes resolver con temor a que te revoquen o a que te investiguen disciplinario penalmente”, concluyó.
Guerrero advirtió sobre el impacto que esto puede tener en otros juzgadores. “El hecho de que tengamos a titulares del Ejecutivo Federal, de los ejecutivos locales y altas autoridades, opinando en tiempo real de investigaciones y procesos abiertos, es preocupante”, sostuvo.
Señaló que el procedimiento administrativo contra Sigales fue discutido en cuatro ocasiones durante septiembre y que la última sesión ocurrió el 29 de septiembre, sin que la defensa haya recibido información sobre su resultado. Según Guerrero, el magistrado Bernardo Bátiz Vázquez propuso destituir o inhabilitar al juez. “No conocemos la lista de asuntos, y no se informa que se resolvió. Lo hemos solicitado por correo, por teléfono, y en el expediente, y seguimos sin tener noticia”, afirmó.
Sostuvo que esta situación deja al juez en una condición que la defensa no puede determinar: “Entonces, por eso digo, él hoy está exonerado, destituido, o en el limbo, y no lo sabemos”. La defensa presentó además una petición en Change.org para solicitar transparencia y rendición de cuentas al Tribunal de Disciplina Judicial.
Por su parte, Sigales afirmó que sus decisiones sobre prisión preventiva no implicaron liberar automáticamente a las personas procesadas. Explicó que en numerosos casos sustituyó la prisión preventiva oficiosa por prisión preventiva justificada y que también impuso otras medidas cautelares. “El inaplicar la prisión preventiva oficiosa no quiere decir dejarlos en libertad”, señaló.
Como ejemplo, relató el caso de una mujer de 21 años a quien no vinculó a proceso después de considerar que la Fiscalía había utilizado un estereotipo de género para sostener que, por ser pareja de un integrante de un cártel, necesariamente debía conocer la existencia de armas que estaban en una camioneta. La decisión fue posteriormente revocada, pero la mujer obtuvo un amparo y finalmente no fue vinculada a proceso. “Hay personas inocentes que no deben de estar en prisión, como esta”, afirmó.
Sigales también rechazó las acusaciones de corrupción que han sido formuladas públicamente en torno a su caso. “Nunca en la vida, yo soy una persona de principios, de valores, vivo con mi salario, toda la vida, tengo veintiocho años de funcionario, nunca en la vida”, respondió al ser cuestionado sobre si alguna persona liberada le había entregado dinero.
El juez expresó preocupación por la persona que deberá resolver la causa penal relacionada con las decisiones de 2022 y pidió que se respeten la presunción de inocencia y el debido proceso. “Espero que lea bien el código de ética del Poder Judicial de la Federación, que actúe con independencia, objetividad, profesionalismo, imparcialidad”, concluyó.





